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El senador cordobés Musa Besaile Fayad había pedido que el proceso de pérdida de investidura que cursa en su contra en el Consejo de Estado pasara a manos de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). Sin embargo, el alto tribunal consideró que la decisión no es competencia de la justicia especial, pues, además de que no se demostró la relación de los presuntos delitos de Besaile con el conflicto armado, este proceso que puede dar "muerte política" a los funcionarios es constitucionalmente competencia del Consejo de Estado. Besaile ya perdió su investidura por estos hechos en primera instancia en febrero de este año.
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En el recurso, el abogado Pablo Bustos había asegurado que los hechos que le podrían quitar la investidura a Besailes tienen por lo menos un “vínculo indirecto” con el conflicto. En la solicitud se lee: “El exsenador Musa Besaile pagó un soborno para que se detuviera una orden de captura en su contra y se dilatara el proceso penal que le sigue la Corte Suprema de Justicia por vínculos con grupos armados ilegales”.
El proceso que el exsenador cordobés quería trasladar a la JEP es el que lo volvió uno de los protagonistas del cartel de la toga. Besaile enfrenta juicio en la Corte Suprema como presunto responsable de los delitos de peculado por apropiación y cohecho por dar u ofrecer porque habría entregado $2.000 millones en efectivo al entonces abogado Luis Gustavo Moreno (quien fuera nombrado después director Anticorrupción de la Fiscalía) con el fin de frenar la orden de captura en su contra.
::Musa Besaile pierde su investidura por decisión del Consejo de Estado::
El Consejo de Estado le quitó la investidura a Besaile luego de comprobar que pagó sobornos millonarios para manipular decisiones judiciales. El propio Besaile dijo que su comisión del delito de cohecho pretendía “tapar el vínculo que supuestamente sostuve con un actor ilegal que participó del conflicto armado”. Además, según la acción de Besaile, el proceso que la Corte Suprema adelantaba en su contra por estos hechos ya se trasladó a la JEP.
El alto tribunal negó la petición pues, según la Constitución y las leyes que reglamentan los mecanismos de pérdida de investidura de congresistas (como la Ley 1881 de 2018) es el Consejo de Estado la entidad llamada a conocer este tipo de procesos. En primera instancia, aclaró el alto tribunal, en las Salas Especiales de Pérdida de Investidura y, de haber apelación, en segunda instancia en la Sala Plena, pero su competencia en estos procesos a la fecha “no ha sido alterada por ninguna circunstancia”.
::Se cayó la colaboración de Musa Besaile con la Corte Suprema de Justicia::
“Prueba de lo anterior es que ni siquiera en el caso de los antiguos miembros de las Farc, protagonistas directos del conflicto armado interno, protagonistas directos del conflicto armado interno, que en la actualidad fungen como congresistas resultado del Acuerdo de paz que dio lugar a la JEP, esta corporación ha perdido competencia para resolver las demandas de pérdida de investidura”, explicó el Consejo de Estado. Además, dio el ejemplo de la reciente decisión de mantenerle la investidura a Jesús Santrich, pero también vale recordar la demanda que cursa en el alto tribunal en contra de Iván Márquez.