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                                                                                                                                Los puntos gruesos de la reforma a la justicia que presentará el Gobierno

                                                                                                                                Cambios en la tutela, reestructuración del gobierno y la administración de la Rama Judicial, eliminación de facultades electorales y garantía presupuestal son algunas de los cambios que plantea la iniciativa del Gobierno Nacional.

                                                                                                                                -Redacción Política

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                                                                                                                                Las críticas, sobre todo, se enfocaron en lo que sería un grave golpe a la independencia judicial y la calificaron como un intento del uribismo para controlar las tres ramas del poder públicos, pues ya tenía a su favor el Ejecutivo, con Iván Duque encabezando las encuestas de intención de voto, y, posteriormente, lograría la presidencia del Congreso de la República, como era la tradición.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                En el primer punto plantea la eliminación de las facultades electoralespara procurador, registrador y auditor general, quienes deberán ser elegidos para un período de cuatro años por el Congreso de la República. La novedad es que, además, deberán ser seleccionados por convocatoria pública.

                                                                                                                                Por ejemplo, el artículo 27 de la iniciativa, que reforma el artículo 276 de la Constitución, señala: “El Procurador General de la Nación será elegido por el Senado de la República, para un período de cuatro años, de lista de elegibles conformada por convocatoria pública con base en lo dispuesto en el artículo 126 de la Constitución y no podrá ser reelegido ni continuar en ejercicio de sus funciones al vencimiento del mismo. A los quince días de la elección, el Senado de la República realizará una audiencia pública de ratificación para permitir la participación ciudadana y determinar por mayoría simple si se confirma o no a la persona elegida para proceder a su posesión en el cargo. La sola elección, sin la confirmación y la posesión, no genera derechos adquiridos”. Todas estas elecciones contarán con una audiencia de confirmación “para que la ciudadanía pueda examinar los antecedentes del nominado, y con ello el nominador autorice la posesión”.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                La propuesta de reforma también amplía el régimen de inhabilidades y, en ese sentido, ni magistrados ni miembros de la Comisión de Carrera Judicial podrán recomendar personas para un organismo de control o la Rama Ejecutiva. En caso de que lo hagan, tendrían como sanción la pérdida del cargo. “Sus parientes no pueden trabajar en órganos cuyos titulares hayan designado. Después de dejar el cargo no pueden litigar directa o indirectamente ante su jurisdicción, durante cuatro años. Tampoco pueden postularse a cargos de elección popular en el mismo término”, señala el documento de resumen de la reforma. También se aumentarán los requisitos en experiencia para aspirar a ser magistrados: el tiempo de ejercicio previo para ser candidatos a una alta corte será de 20 años.

                                                                                                                                La reforma mantiene la Comisión de Investigación y Acusación, aunque propone la agilización de los procedimientos en esta con la radicación de una reforma a la Ley 5 de 1992 (reglamento del Congreso) “para que la Cámara de Representantes y el Senado ejerzan rápidamente la función de acusar o no a los funcionarios aforados”.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Por otra parte, se plantea que los periodos para los presidentes de las altas cortes sean de dos años, con el fin de que haya una “estabilidad de las políticas de la Comisión Interinstitucional de la Rama Judicial”.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                También pretende regular la comunicación de las decisiones judiciales, al proponer que las cortes solo puedan comunicar las sentencias “cuando estén firmadas por todos los magistrados y se encuentren registrados los salvamentos y aclaraciones de voto”.

                                                                                                                                Pixabay
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Las críticas, sobre todo, se enfocaron en lo que sería un grave golpe a la independencia judicial y la calificaron como un intento del uribismo para controlar las tres ramas del poder públicos, pues ya tenía a su favor el Ejecutivo, con Iván Duque encabezando las encuestas de intención de voto, y, posteriormente, lograría la presidencia del Congreso de la República, como era la tradición.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                En el primer punto plantea la eliminación de las facultades electoralespara procurador, registrador y auditor general, quienes deberán ser elegidos para un período de cuatro años por el Congreso de la República. La novedad es que, además, deberán ser seleccionados por convocatoria pública.

                                                                                                                                Por ejemplo, el artículo 27 de la iniciativa, que reforma el artículo 276 de la Constitución, señala: “El Procurador General de la Nación será elegido por el Senado de la República, para un período de cuatro años, de lista de elegibles conformada por convocatoria pública con base en lo dispuesto en el artículo 126 de la Constitución y no podrá ser reelegido ni continuar en ejercicio de sus funciones al vencimiento del mismo. A los quince días de la elección, el Senado de la República realizará una audiencia pública de ratificación para permitir la participación ciudadana y determinar por mayoría simple si se confirma o no a la persona elegida para proceder a su posesión en el cargo. La sola elección, sin la confirmación y la posesión, no genera derechos adquiridos”. Todas estas elecciones contarán con una audiencia de confirmación “para que la ciudadanía pueda examinar los antecedentes del nominado, y con ello el nominador autorice la posesión”.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                La propuesta de reforma también amplía el régimen de inhabilidades y, en ese sentido, ni magistrados ni miembros de la Comisión de Carrera Judicial podrán recomendar personas para un organismo de control o la Rama Ejecutiva. En caso de que lo hagan, tendrían como sanción la pérdida del cargo. “Sus parientes no pueden trabajar en órganos cuyos titulares hayan designado. Después de dejar el cargo no pueden litigar directa o indirectamente ante su jurisdicción, durante cuatro años. Tampoco pueden postularse a cargos de elección popular en el mismo término”, señala el documento de resumen de la reforma. También se aumentarán los requisitos en experiencia para aspirar a ser magistrados: el tiempo de ejercicio previo para ser candidatos a una alta corte será de 20 años.

                                                                                                                                La reforma mantiene la Comisión de Investigación y Acusación, aunque propone la agilización de los procedimientos en esta con la radicación de una reforma a la Ley 5 de 1992 (reglamento del Congreso) “para que la Cámara de Representantes y el Senado ejerzan rápidamente la función de acusar o no a los funcionarios aforados”.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Por otra parte, se plantea que los periodos para los presidentes de las altas cortes sean de dos años, con el fin de que haya una “estabilidad de las políticas de la Comisión Interinstitucional de la Rama Judicial”.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                También pretende regular la comunicación de las decisiones judiciales, al proponer que las cortes solo puedan comunicar las sentencias “cuando estén firmadas por todos los magistrados y se encuentren registrados los salvamentos y aclaraciones de voto”.

                                                                                                                                Por -Redacción Política

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