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                                                                                                                                  EPS no podrán exigir carné de afiliación para prestar servicios

                                                                                                                                  La directriz hace parte de la nueva Ley Antitrámites, decretada por el presidente Iván Duque, que busca una transformación digital de la administración pública.

                                                                                                                                  -Redacción Salud

                                                                                                                                  La normativa busca ntervenir cerca de 2.900 trámites y procesos administrativos, 25 son del sector salud. / Archivo El Espectador
                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  El nuevo decreto, mejor conocido como Ley Antitrámites, no solo prohíbe a las autoridades pedir requisitos o documentos de los ciudadanos que ya se encuentren en bases de datos o en sistemas de información integrados en el Servicio Ciudadano Digital; sino que también busca simplificar, suprimir y reformar procesos y procedimientos engorrosos e innecesarios de la administración pública. ¿La finalidad? Reducir gastos, aumentar la eficiencia y mejorar la atención a los ciudadanos a través de operaciones más sencillas, coordinadas y digitales. No más fotocopias de cédula ampliadas al 150 para todo, ni largas filas para pagar multas o para pedir en la notaría un certificado de defunción. Estas últimas podrán emitir actos y escrituras públicas 100 % digitales que se firmen también de manera electrónica. El objetivo de la nueva normativa es que para 2030 todos los trámites, procedimientos y servicios públicos se encuentren en línea a través de una “sede electrónica compartida”, llamada Portal Único del Estado Colombiano, disponible en www.gov.co.

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Read more!

                                                                                                                                  La nueva normativa establece que todo personal de salud que cumpla los requisitos para ejercer su profesión deberá inscribirse al Registro Único Nacional de Talento Humano en Salud (Rethus) en un plazo no mayor a seis meses a partir de la expedición del decreto (art. 100). En esa plataforma se incluirán datos personales, académicos, fecha de inicio del ejercicio, información del cumplimiento del servicio social obligatorio, información de títulos de especialización, maestría o doctorados e, incluso, las sanciones que reporten los tribunales de ética. El Rethus permitirá la desmaterialización de la tarjeta profesional, pues se accederá a toda la información exclusivamente por medio de la base de datos.

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Los pacientes, por su parte, podrán solicitar una copia o información de su historia clínica a su prestador de servicios de salud, que debe enviarla en un término máximo de cinco días calendario. Además, podrá ser remitida por medios electrónicos, si el usuario lo autoriza, en cuyo caso el envío sería gratuito. Asimismo, las autorizaciones para la prestación de servicios de carácter electivo, ambulatorio u hospitalario ya no tendrán que ser tramitadas por el afiliado, sino que las realizará directamente el prestador de servicios ante la entidad responsable del pago. La respuesta tendrá que darse en cinco días calendario, o en dos días hábiles, máximo, para poblaciones de especial protección como adultos mayores, madres gestantes y personas en condición de discapacidad. Aunque en la anterior legislación las EPS estaban obligadas a contar con sistemas de evaluación y seguimiento de los tiempos de autorización —que se debían reportar a la Supersalud—, el nuevo artículo no menciona sistemas de seguimiento al cumplimiento en los tiempos de las autorizaciones.

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  El decreto también libera al Ministerio de Salud y Protección Social de varios procesos y trámites que pasan a ser encabezados por otras entidades, como el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) o el Instituto Nacional de Salud (INS). El registro sanitario de productos plaguicidas, a excepción de los de uso agrícola y pecuario, dejará de ser expedido por el Minsalud y será emitido por el Invima (artículo 87). Lo mismo pasará con el permiso sanitario para la importación, exportación, fabricación y venta de todos los medicamentos, cosméticos, materiales de curación y productos farmacéuticos que incidan en la salud individual o colectiva (art. 88). La expedición de licencias de importación, exportación, producción, fabricación, almacenamiento, transporte, comercialización, distribución y uso de derivados de cannabis con fines medicinales y científicos también pasará a manos del Invima.

                                                                                                                                  La normativa busca ntervenir cerca de 2.900 trámites y procesos administrativos, 25 son del sector salud. / Archivo El Espectador
                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  El nuevo decreto, mejor conocido como Ley Antitrámites, no solo prohíbe a las autoridades pedir requisitos o documentos de los ciudadanos que ya se encuentren en bases de datos o en sistemas de información integrados en el Servicio Ciudadano Digital; sino que también busca simplificar, suprimir y reformar procesos y procedimientos engorrosos e innecesarios de la administración pública. ¿La finalidad? Reducir gastos, aumentar la eficiencia y mejorar la atención a los ciudadanos a través de operaciones más sencillas, coordinadas y digitales. No más fotocopias de cédula ampliadas al 150 para todo, ni largas filas para pagar multas o para pedir en la notaría un certificado de defunción. Estas últimas podrán emitir actos y escrituras públicas 100 % digitales que se firmen también de manera electrónica. El objetivo de la nueva normativa es que para 2030 todos los trámites, procedimientos y servicios públicos se encuentren en línea a través de una “sede electrónica compartida”, llamada Portal Único del Estado Colombiano, disponible en www.gov.co.

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Los pacientes, por su parte, podrán solicitar una copia o información de su historia clínica a su prestador de servicios de salud, que debe enviarla en un término máximo de cinco días calendario. Además, podrá ser remitida por medios electrónicos, si el usuario lo autoriza, en cuyo caso el envío sería gratuito. Asimismo, las autorizaciones para la prestación de servicios de carácter electivo, ambulatorio u hospitalario ya no tendrán que ser tramitadas por el afiliado, sino que las realizará directamente el prestador de servicios ante la entidad responsable del pago. La respuesta tendrá que darse en cinco días calendario, o en dos días hábiles, máximo, para poblaciones de especial protección como adultos mayores, madres gestantes y personas en condición de discapacidad. Aunque en la anterior legislación las EPS estaban obligadas a contar con sistemas de evaluación y seguimiento de los tiempos de autorización —que se debían reportar a la Supersalud—, el nuevo artículo no menciona sistemas de seguimiento al cumplimiento en los tiempos de las autorizaciones.

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  El decreto también libera al Ministerio de Salud y Protección Social de varios procesos y trámites que pasan a ser encabezados por otras entidades, como el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) o el Instituto Nacional de Salud (INS). El registro sanitario de productos plaguicidas, a excepción de los de uso agrícola y pecuario, dejará de ser expedido por el Minsalud y será emitido por el Invima (artículo 87). Lo mismo pasará con el permiso sanitario para la importación, exportación, fabricación y venta de todos los medicamentos, cosméticos, materiales de curación y productos farmacéuticos que incidan en la salud individual o colectiva (art. 88). La expedición de licencias de importación, exportación, producción, fabricación, almacenamiento, transporte, comercialización, distribución y uso de derivados de cannabis con fines medicinales y científicos también pasará a manos del Invima.

                                                                                                                                  Por -Redacción Salud

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