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                                                                                                                                Procurador pide a la Corte aclarar fallo que permite consumir drogas y alcohol en la calle

                                                                                                                                Para Fernando Carrillo, en este asunto priman los derechos de los menores de edad sobre los demás y por eso solicitó a la magistrada ponente, Diana Fajardo, una aclaración al respecto.

                                                                                                                                Redacción Judicial

                                                                                                                                La Corte Constitucional tumbó dos apartados del Código de Policía que impedían el consumo en el espacio público. / Cristian Garavito - El Espectador
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                "Nosotros seguimos convencidos, ha sido una prioridad para esta Procuraduría, la defensa de los derechos, sobre todo de los niños. El artículo 44 de la Constitución quedó redactado de tal manera que los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás. Vamos a insistir en ese punto. Estoy convencido que como no concemos el texto completo del fallo aquí ha habido malos entendidos", dijo Carrillo. Cabe recordar que la Corte tumbó dos apartados del Código de Policía que estableció dicha prohibición, bajo el argumento de que la restricción no es razonable y viola el derecho a la libre personalidad.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                "No se pueden sacrificar los intereses colectivos, por supuesto, pero tampoco se pueden sacrificar los intereses personales; las autoridades deben lograr que las normas de policía protejan conjuntamente ambos grupos de intereses, promoviendo así un ‘desarrollo armónico’", señaló la Corte en el comunicado oficial sobre la decisión. Según la Corte, el Estado debe proteger el espacio público y las relaciones entre las personas, pero no puede hacerlo como estaba en el Código de Policía. Es decir, con una propuesta que "sea de una amplitud y generalidad tal, que sea irrazonable (bien porque no es idónea o bien porque no es necesaria".

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                En la sala no estuvieron presentes los magistrados Cristina Pardo -quien se declaró impedida- y Luis Guillermo Guerrero -quien está fuera del país-. La ponente del caso, la magistrada Diana Fajardo, explicó que no era razonable prohibir el consumo de drogas y de alcohol en la calle so pretexto de proteger la tranquilidad, las relacionas entre las personas y el espacio público y, en cambio, se afecta de manera desproporcionada el libre desarrollo de la personalidad. “No se dan argumentos de que haya una relación entre el consumo y la destrucción del espacio público”, dijo Fajardo.

                                                                                                                                (Le puede interesar: Gobierno defiende control de la dosis mínima por posible riesgo de orden público).

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                El magistrado Carlos Bernal Pulido salvó su voto porque consideraba que avalar el consumo de sustancias alcohólicas o psicoactivas en espacio público es contrario a la evidencia y no es, per se, incompatible con el derecho al libre desarrollo de la personalidad. Para Bernal la mayoría de la Corte no ofreció ninguna evidencia empírica que demostrara que la prohibición de consumir sustancias alcohólicas o psicoactivas no contribuía a promover la tranquilidad y las relaciones respetuosas. Y, además, el Congreso estaba facultado para crear esa prohibición.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                "Es bien cierto que la Constitución Política protege el derecho al libre desarrollo de la personalidad. Sin embargo, también lo que es que el propio artículo 16 expresamente prevé que el derecho al libre desarrollo de la personalidad encuentra su límite en “los derechos de los demás” y en el “el orden jurídico”", señala el salvamento de voto. La Sala Plena tomó la decisión mayoritaria haciendo una precisión importante: si por cuenta del consumo llegan a presentarse altercados o agresiones, la Policía no solo puede, sino que debe intervenir.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                La magistrada Diana Fajardo explicó que: “Si una familia tiene un almuerzo campestre en un parque y se toman una cerveza o una copa de vino" ya no estaría incumpliendo el Código de Policía. Pero, si una de esas personas se descontrola "la Policía puede intervenir, no porque haya consumido alcohol, sino porque agredió a otra persona".  (Le sugerimos: Ya entró en vigencia el decomiso de dosis mínima por parte de la Policía)

                                                                                                                                La Corte Constitucional tumbó dos apartados del Código de Policía que impedían el consumo en el espacio público. / Cristian Garavito - El Espectador
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                "Nosotros seguimos convencidos, ha sido una prioridad para esta Procuraduría, la defensa de los derechos, sobre todo de los niños. El artículo 44 de la Constitución quedó redactado de tal manera que los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás. Vamos a insistir en ese punto. Estoy convencido que como no concemos el texto completo del fallo aquí ha habido malos entendidos", dijo Carrillo. Cabe recordar que la Corte tumbó dos apartados del Código de Policía que estableció dicha prohibición, bajo el argumento de que la restricción no es razonable y viola el derecho a la libre personalidad.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                "No se pueden sacrificar los intereses colectivos, por supuesto, pero tampoco se pueden sacrificar los intereses personales; las autoridades deben lograr que las normas de policía protejan conjuntamente ambos grupos de intereses, promoviendo así un ‘desarrollo armónico’", señaló la Corte en el comunicado oficial sobre la decisión. Según la Corte, el Estado debe proteger el espacio público y las relaciones entre las personas, pero no puede hacerlo como estaba en el Código de Policía. Es decir, con una propuesta que "sea de una amplitud y generalidad tal, que sea irrazonable (bien porque no es idónea o bien porque no es necesaria".

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                En la sala no estuvieron presentes los magistrados Cristina Pardo -quien se declaró impedida- y Luis Guillermo Guerrero -quien está fuera del país-. La ponente del caso, la magistrada Diana Fajardo, explicó que no era razonable prohibir el consumo de drogas y de alcohol en la calle so pretexto de proteger la tranquilidad, las relacionas entre las personas y el espacio público y, en cambio, se afecta de manera desproporcionada el libre desarrollo de la personalidad. “No se dan argumentos de que haya una relación entre el consumo y la destrucción del espacio público”, dijo Fajardo.

                                                                                                                                (Le puede interesar: Gobierno defiende control de la dosis mínima por posible riesgo de orden público).

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                El magistrado Carlos Bernal Pulido salvó su voto porque consideraba que avalar el consumo de sustancias alcohólicas o psicoactivas en espacio público es contrario a la evidencia y no es, per se, incompatible con el derecho al libre desarrollo de la personalidad. Para Bernal la mayoría de la Corte no ofreció ninguna evidencia empírica que demostrara que la prohibición de consumir sustancias alcohólicas o psicoactivas no contribuía a promover la tranquilidad y las relaciones respetuosas. Y, además, el Congreso estaba facultado para crear esa prohibición.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                "Es bien cierto que la Constitución Política protege el derecho al libre desarrollo de la personalidad. Sin embargo, también lo que es que el propio artículo 16 expresamente prevé que el derecho al libre desarrollo de la personalidad encuentra su límite en “los derechos de los demás” y en el “el orden jurídico”", señala el salvamento de voto. La Sala Plena tomó la decisión mayoritaria haciendo una precisión importante: si por cuenta del consumo llegan a presentarse altercados o agresiones, la Policía no solo puede, sino que debe intervenir.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                La magistrada Diana Fajardo explicó que: “Si una familia tiene un almuerzo campestre en un parque y se toman una cerveza o una copa de vino" ya no estaría incumpliendo el Código de Policía. Pero, si una de esas personas se descontrola "la Policía puede intervenir, no porque haya consumido alcohol, sino porque agredió a otra persona".  (Le sugerimos: Ya entró en vigencia el decomiso de dosis mínima por parte de la Policía)

                                                                                                                                Por Redacción Judicial

                                                                                                                                Temas recomendados:

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