Escucha este artículo
Audio generado con IA de Google
0:00
/
0:00
Son múltiples los instrumentos internacionales que ha ratificado el país en los que se ha comprometido a eliminar las formas de discriminación contra las mujeres y a prevenir, sancionar y erradicar todas las formas de violencia contra ellas.
Para mencionar algunos, se encuentra la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación (Cedaw) y la Convención para Prevenir, Sancionar y Erradicar Todas las Formas de Violencia Contra la Mujer (Belém do Pará). Todos instrumentos que obligan a los Estados parte a implementar políticas y acciones concretas para que podamos gozar de los mismos derechos que los hombres.
(Lea: Una decisión histórica contra el acoso sexual)
Ya el comité de la Cedaw, por ejemplo, en varias de sus recomendaciones generales ha manifestado que, el hecho de no eliminar condiciones que únicamente o en mayor medida afectan o sufren las mujeres, se considera un acto de discriminación y por ello los países pueden incurrir en responsabilidad internacional, ya sea por omisión o por acción.
Colombia ha ignorado a estudiantes, profesoras, trabajadoras y mujeres en general, que hacen parte de la comunidad universitaria, el problema del acoso con fines sexuales en la Instituciones de educación superior es un problema que lleva mucho tiempo presentándose en las dinámicas educativas y, aunque muchas denuncias se han realizado al respecto, éstas se han callado o se han menospreciado, tratándolas de exageradas y sobredimensionadas.
La falta de políticas sobre el particular ha permitido que las mujeres vivan en condiciones de discriminación, sometidas al acoso sexual y laboral, reduciéndolas a vivir un papel secundario e inferior en el ámbito de la educación superior, donde se nos sigue considerando ciudadanas de segunda clase.
(Lea: Habla una de las denunciantes de la U. de Ibagué)
A propósito de los 10 años de vigencia de la ley 1257 de 2008, en ella se estableció que el Ministerio de Educación (MEN) debe velar para que las instituciones educativas incorporen la formación en el respeto de los derechos, libertades, autonomía e igualdad entre hombres y mujeres como parte de la cátedra en derechos humanos. La ley también establece, que el MEN debe desarrollar políticas y programas que contribuyan a sensibilizar, capacitar y entrenar a la comunidad educativa, especialmente docentes, estudiantes y padres de familia, en el tema de la violencia de género.
Pero, ¿esto lo hace el Ministerio? ¿Qué políticas concretas promueve entonces esta cartera para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en el ámbito de la educación superior? ¿El MEN entiende que el Estado colombiano está obligado a promover políticas que eliminen actos de discriminación, que las afectan en mayor medida a ellas por su condición? ¿Cuáles son los indicadores e informes que pide el Ministerio a las Instituciones de educación superior, para revisar si cumplen con los deberes emanados de la ratificación de los instrumentos internacionales y la ley?
Hasta el momento, el acoso sexual en las instituciones de educación superior es un asunto naturalizado y en muchos casos silenciado. Son pocas las universidades que voluntariamente han realizado diagnósticos sobre la situación y dimensión del problema de la violencia sexual al interior de sus campus y de los ámbitos de acción de la vida universitaria.
(Lea: El espaldarazo de la Corte Constitucional a la lucha contra del acoso laboral y sexual)
Seguramente asusta mucho a directivos sacar a la luz pública datos que revelen esta realidad, pero no les intimida que a las mujeres que han ingresado de manera libre a estas instituciones, no tengan dignidad y sigan siendo objeto de violación de sus derechos humanos.
El Ministerio de Educación está en mora de generar una verdadera política que exija a las instituciones de educación superior cumplir con los compromisos que firmó y ratificó el Estado colombiano. Las condiciones mínimas de calidad y los factores de acreditación de alta calidad exigidos a éstas no pueden seguir siendo un check list de cuestiones formales y de aumento de indicadores relacionados meramente con la gestión académica.
Las condiciones de calidad de la educación superior del país deben estar enmarcados en la garantía y protección de los derechos humanos de personas que eligen libremente ingresar a estos espacios. De nada sirve tener instituciones de educación con altos porcentajes de internacionalización e investigación, currículos modernos e innovadores, un uso importante de medios tecnológicos, una organización y gestión de la administración educativa ejemplar, si en la dinámica diaria y en las diversas formas de relacionamiento sus estudiantes y profesoras son discriminadas, agredidas y sometidas a tratos crueles e inhumanos.
(Lea: Las universidades: ¿cómplices de delitos sexuales?)
*Luz Ángela Gómez es profesora de la Facultad de Derecho de la Universidad Libre.