“La protección a la vida no puede desconocer los derechos de la mujer”: Women’s Link

Esta organización internacional propulsó la demanda que derivó en la despenalización parcial del aborto en 2006. Ahora expone ante la Corte Constitucional por qué no se debería otorgar el derecho a la vida al embrión, como lo pide la abogada Natalia Bernal en una demanda que radicó ante la Corte y que se definirá próximamente.

Redacción Judicial
16 de enero de 2020 - 03:41 p. m.
La discusión sobre las restricciones del aborto no es un tema colombiano, sino mundial. / EFE
La discusión sobre las restricciones del aborto no es un tema colombiano, sino mundial. / EFE
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La Corte Constitucional se prepara para volver al ruedo este año y, desde ya, se sabe que empezará 2020 con una controversia enorme sobre la mesa: la discusión de un proyecto de fallo, elaborado por el magistrado Alejandro Linares, que plantea la posibilidad de que se despenalice por completo el aborto en, al menos, las primeras 12 semanas de gestación. La sola idea de que la interrupción del embarazo se encamine hacia ese rumbo tiene con los pelos de punta a los sectores más conservadores del país.

El tema es de nuevo objeto de debate en el alto tribunal gracias a las demandas que presentó una abogada llamada Natalia Bernal en contra del Código Civil y el Código Penal, en busca de que  se reconozca que la vida comienza desde la gestación y, por ende, los fetos deben salvaguardarse a ultranza. “Al pertenecer a la especie humana, no debe haber ninguna justificación para que sean excluidos de protección constitucional”, le dijo la abogada Bernal a este diario el año pasado.

La propuesta del magistrado Linares, en cambio, va más en línea con una solicitud que varios colectivos de mujeres han hecho por años: autonomía total sobre el cuerpo. Y será la Sala Plena de la Corte la que analice este tema, tal como lo hizo esta misma corporación en 2006, cuando la organización Women’s Link Worldwide y cuatro ciudadanos más demandaron los artículos del Código Penal en los que se encontraban las restricciones impuestas a las mujeres para interrumpir un embarazo.

Hasta ese año, en Colombia, el aborto traducía cárcel. Pero, con la sentencia C-355 de 2006 de la Corte, Colombia entró en la corta lista de países del mundo cuyas leyes, de una u otra forma, permiten la interrupción voluntaria del embarazo (se avaló bajo tres causales). Desde entonces, varios han sido los intentos de reversar esa decisión judicial, a lo cual la Corte siempre ha respondido que es cosa juzgada. En esta oportunidad, la Corte podría reiterar esa postura y zanjar así el debate.

Fuentes de la Corte le han dicho a este diario que, de hecho, establecer si hay cosa juzgada en la nueva demanda es una de las aristas más complejos de la discusión. Entre ayer y hoy, en medios de comunicación ha circulado la versión de que habría audiencia pública sobre este tema. En la Corte, sin embargo, aseguran que no son partidarios de convocar a audiencia por este asunto, porque “podría generar expectativas” y comprometer el trabajo de los magistrados.

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Así las cosas, todo apunta a que, el próximo 31 de enero, los ocho colegas del magistrado Linares tendrán sobre su escritorio la ponencia en la que se propone la despenalización total del aborto para las mujeres que tengan que recurrir a este antes de terminar el primer trimestre. Una postura que promete controversia, sin duda, y que apoya una organización que ya conoce los ires y venires de discutir con la justicia los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres: Women’s Link Worldwide.

Los argumentos de Women’s Link

En el documento que envió al magistrado Alejandro Linares en agosto del año pasado, la ONG expuso tres argumentos para sostener por qué las normas que demandó la abogada Natalia Bernal deben ratificarse como normas ajustadas a la Constitución. El primero, porque “la vida en gestación no es el titular del derecho a la vida y no ostenta personalidad jurídica”.  “No hay diferencia entre un ser vivo en gestación y un ser vivo después del nacimiento”, mantiene Bernal.

Women’s Link, no obstante, explica que Bernal se basa “en fuentes que no tienen relevancia jurídica”, pues habla de estudios que comprobarían que los embriones sienten. Para la organización, sobre todo, la “validez científica e imparcialidad (de los estudios que Bernal cita) no es clara”. Y, afirma, Bernal omitió “la interpretación que del derecho a la vida han realizado los organismos de derechos humanos que son autoridades en este asunto y cuyos pronunciamientos sí tienen pertinencia y fuerza vinculante” en el país.

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La organización refuta que Bernal hable “someramente y sin sustentarlo” de una definición “amplia y proteccionista” que, según ella, ha adoptado la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la cual podría encajar la protección del derecho a la vida desde la concepción. “Una lectura cuidadosa de las fuentes relevantes permite ver que existen un consenso en que no puede reconocerse titularidad de derecho a la vida en la gestación”, manifiesta Women’s Link.

“La interpretación legítima y vigente del artículo 4 de la CADH (Convención Americana de Derechos Humanos) no otorga estatus de persona al embrión ni establece el derecho a la vida desde la concepción”, sostiene la organización, con base en un fallo de la propia Corte Interamericana: el fallo Artavia Murillo y otros contra Costa Rica, en el cual se estableció, dice Women’s Link, que “el embrión no es sujeto de derechos y, por lo tanto, no tiene derecho a la vida”.

El documento enviado al magistrado Linares contiene otros soportes. Por ejemplo, que los trabajos preparatorios del Pacto de Derechos Civiles y Políticos “indican que ‘los Estados no pretendían tratar al no nacido como persona y otorgarle el mismo nivel de protección que las personas nacidas”. Mientras la Convención para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra las mujeres “no incorpora cláusulas de protección previas al nacimiento”.

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El segundo argumento clave de la organización es que “la protección a la vida no puede desconocer los derechos de la mujer”. La demandante, Natalia Bernal, le dijo a la Corte que los embriones o fetos son contemplados “seres inferiores a sus madres mediante los juicios de ponderación”, a lo que Women’s Link responde que ello obedece a que el sujeto de protección de la vida antes del nacimiento no es el embrión sino la mujer embarazada.

Esta postura va en línea con las consideraciones que tuvo la Corte Constitucional en 2006, cuando despenalizó parcialmente el aborto, pues dos de las causales por las cuales se dio luz verde a la interrupción del embarazo fueron que el embarazo fuera producto de un abuso sexual (o sea, violencia contra la mujer) o que el embarazo pudiera poner en riesgo la salud (incluida la salud mental, ha aclarado el alto tribunal) de la madre. La otra causal es que alguna malformación del feto haga su vida inviable.

“Según el artículo 4 de la Convención Americana –continuó la organización– la protección a la vida antes del nacimiento debe hacerse mediante la garantía de una protección reforzada de las mujeres embarazadas, el respeto de su autonomía para quedar o no en estado de embarazo, el acceso a servicios de salud que garanticen embarazos y partos seguros en condiciones de dignidad para las mujeres que lo eligen, y la prevención, protección y castigo de todas las formas de violencia contra las mujeres embarazadas”.

Por último, Women’s Link señaló que “la demandante establece, sin fundamento, una relación entre la despenalización del aborto y el incremento en los casos de violencia sexual hacia mujeres y niñas”. En su demanda, la abogada Bernal asegura que “desde la legalización del aborto en 2006 hasta ahora, ha incrementado 7 veces más la violencia sexual contra menores de edad. Casi 100.000 niñas menores de edad han sido violadas por extraños o por sus padres”.

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Bernal concluye que ese aumento tiene que ver, específicamente, con la decisión de la Corte Constitucional de hace casi 14 años de permitir abortos cuando el embarazo sea producto de un abuso sexual. “Mientras los seres vivos concebidos por violación sean susceptibles de abortarse, mientras exista esta libertad para abortar en el Estado, habrá mayores libertades a los violadores para violar a las mujeres, en especial, a las menores de edad que pertenecen al mismo núcleo familiar del agresor”.

Ese argumento resulta controversial por varias razones. En primer lugar, porque las cifras del propio Estado colombiano demuestran que, desde mucho antes de que se despenalizara parcialmente el aborto, los principales agresores sexuales de las niñas y las mujeres en el país son familiares suyos. Pareciera una idea sacada del sombrero: no existe un solo estudio serio en el país que establezca una relación causal entre los ataques sexuales y la despenalización de la interrupción del embarazo.

Women’s Link plantea algo más: “Las organizaciones que pertenecemos a Cinco Claves  hemos señalado la existencia de un alto subregistro de estos delitos, el cual también es reconocido por esta Corte y organismos internacionales, por lo cual una hipótesis alternativa a considerar sería que no se ha elevado la comisión del delito sino la denuncia del mismo”. La organización señala que para poder pedir un aborto se debe presentar una denuncia, aspecto que tampoco puede dejarse de lado a la hora de analizar ese aumento.

Con estas tesis, Women’s Link Worldwide le pide a la Corte que desestime la solicitud de la abogada Bernal. En la Corte, hacen cuentas de que, para el 14 de febrero próximo, habrá decisión. Será una discusión difícil de abordar, como lo ha sido siempre. En 2006, la ponencia inicial del magistrado Jaime Araújo Rentería pedía despenalización total del aborto, a lo que sus colegas le dijeron que no. Ahora, el magistrado Linares pide lo mismo, pero solo durante las primeras 12 semanas del embarazo.

¿Qué responderá en esta ocasión el alto tribunal? Fuentes cercanas a la Corte aseguran que, de entrada, hay tres votos en contra de la propuesta de Linares: el de los magistrados Cristina Pardo, Carlos Bernal y Luis Guillermo Guerrero. El fallo de 2006 tuvo en contra tres votos también. En manos de la Corte está, una vez más, tomar esta decisión clave para los derechos sexuales y reproductivos de la mujer.

 

Por Redacción Judicial

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