Para muertos por nuevo coronavirus, Gobierno ordena priorizar las cremaciones

El Ministerio de Salud expidió un documento en el cual se detallan las medidas que deben tener en cuenta todos los funcionarios judiciales y del sector salud que se involucren en el traslado o alistamiento de cadáveres de personas que cuya causa de muerte, confirmada o probable, sea el COVID-19.

Redacción salud
01 de abril de 2020 - 11:00 a. m.
El manejo de los cuerpos de personas diagnosticadas o con diagnóstico probable de coronavirus es una preocupación mundial, pues hacerlo de manera incorrecta pondría en un riesgo aún mayor a los funcionarios involucrados en el proceso. / AFP
El manejo de los cuerpos de personas diagnosticadas o con diagnóstico probable de coronavirus es una preocupación mundial, pues hacerlo de manera incorrecta pondría en un riesgo aún mayor a los funcionarios involucrados en el proceso. / AFP
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En Colombia, las muertes confirmadas oficialmente por el nuevo coronavirus ya van en 16. Países de la región como Ecuador afrontan panoramas desoladores y en ciudades como Guayaquil, denunciaba hace unos días el periodista ecuatoriano Carlos Vera en los micrófonos de W Radio, hospitales y funerarias ya no dan abasto para la cantidad de muertos que está dejando la pandemia a su paso. Aquí, el Gobierno trata de evitar a toda costa un escenario caótico. Por eso, entre sus decisiones recientes, emitió un documento: “Orientaciones para el manejo, traslado y disposición final de cadáveres por COVID-19”. (Esta es la estrategia de Asia para evitar una segunda ola de contagios de coronavirus)

La resolución, de 13 páginas, tiene como fin último “orientar a las Instituciones Prestadoras de Servicio de Salud – IPS, autoridades competentes del orden nacional, autoridades judiciales, ciencias forenses, servicios funerarios y cementerios frente al manejo seguro, transporte y disposición de cadáveres debida a la infección por el virus COVID-19 (coronavirus), con el fin de disminuir el riesgo de transmisión en los trabajadores del sector salud, funerario, familiares, comunidad en general y demás autoridades involucradas”. Y, así, disipar dudas entre los funcionarios que tienen que manipular cuerpos de pacientes diagnosticados.

Las recomendaciones del Ministerio de Salud aplican a todos los prestadores de servicios de salud, a los integrantes de Policía Judicial involucrados en la labor de recoger cadáveres y hacer inspecciones o a servidores que cumplan esas funciones, a quienes trabajan en Medicina Legal, al sector funerario y a los cementerios. Para empezar, se plantean 18 medidas generales para el manejo de cuerpos cuya causa de muerte no solo confirmada, sino también probable, haya sido el nuevo coronavirus -que, para la fecha, ha causado más de 37.000 muertes, según el último reporte del Instituto Nacional de Salud-.(MinSalud anunció recursos por $2,1 billones para hospitales públicos y privados)

Algunas medidas generales

1. La manipulación de los cadáveres “se debe limitar al máximo”, las movilizaciones deben hacerse con “especial atención” y se debe evitar todo contacto con fluidos o heces fecales. Quienes lo manipulan deben usar “en todo momento” máscaras de filtración FFP2 o N95, nunca tapabocas.

2. La realización de necropsias sanitarias, viscerotomías o similares, prácticas de embalsamamiento y tanatopraxia en casos con diagnóstico probable o confirmado de infección por el nuevo coronavirus quedan restringidas. La única excepción es para los casos en que la realización de necropsias médico legales sea obligatoria: homicidio, suicidio, muerte accidental o sospecha de alguno de estos.

3. Todo el personal que intervenga con el manejo de cadáveres de personas infectadas o posiblemente infectadas con COVID-19 deberán usar, obligatoriamente, doble guante, máscaras de filtración (no tapabocas), monogafas para evitar salpicaduras, batas impermeables de manga larga y, si no hay impermeables, con un delantal plástico desechable. Todos los elementos deberán ser desechados de inmediato tras su uso y no podrán reutilizarse. (¿Cuáles son los cinco países africanos que no reportan casos de coronavirus?)

4. El prestador de servicios de salud tiene que desinfectar el lugar donde la persona murió: cama, colchoneta, cerraduras, ventanas, baño.

5. El cadáver debe guardarse en doble bolsa con cremallera específica de mínimo 150 micras de espesor, resistente a la filtración de líquidos. Las bolsas deben desinfectarse antes de usarse.

6. “La disposición final del cadáver será preferiblemente mediante cremación”. Si en el municipio donde la persona murió no hay instalaciones para ello, en sepultura o bóveda. Ningún cuerpo podrá ser trasladado de ciudad para su disposición final y, en caso de que se requiera necropsia médico legal, solo podrá haber cremación con orden de un fiscal.

7. “El transporte, la cremación o inhumación, según sea el caso, se efectuará en el menor tiempo posible, con el fin prevenir la exposición de los trabajadores y comunidad general al virus COVID-19. Se debe evitar la realización de rituales fúnebres que conlleven reuniones o aglomeraciones de personas”.

8. Si la persona que murió no alcanzó a recibir atención médica, pero existe sospecha de su contagio, los funcionarios deberán desplazarse a su residencia y realizar una “autopsia verbal para documentar las circunstancias que rodearon el deceso y establecer las posibles causas de muerte, así como la toma de muestras que sean procedentes”. Lo importante, de cualquier modo, es evitar el traslado del cuerpo a prestadores de servicios de salud o judiciales.

9. En caso de muerte hospitalaria por un cuadro respiratorio no diagnosticado, los prestadores de servicios de salud deben realizar la toma de muestras de secreción respiratoria con aspirado nasofaríngeo u orotraqueal, dentro de las primeras 6 horas postmortem” y remitirlas de inmediato a laboratorio. Al menos en la fase de contención. (La positiva del coronavirus: Liberan a 78 elefantes por falta de turistas en Tailandia)

Responsabilidades de los prestadores de servicios

1. Notificar la muerte de manera inmediata al Instituto Nacional de Salud y a la secretaría territorial de salud. 

2. Alistar el cadáver en el mismo punto del hospital o clínica donde la persona murió. Todo el personal que participe de esta tarea deberá hacerlo con los equipos de protección necesarios y siguiendo los protocolos de bioseguridad.

3. Para alistar el cadáver se deben seguir pasos específicos, como cubrir todos los orificios naturales con algodón impregnado de solución desinfectante, envolverlo sin retirar catéteres o tubos que puedan contener fluidos, trasladarlo a la primera bolsa con la sábana sobre la que murió, desinfectar la primera bolsa, poner esa bolsa cerrada dentro de una segunda bolsa, desinfectar la segunda bolsa y desinfectar los guantes exteriores que se usaron. El cuerpo se trasladará al depósito o morgue y la habitación será desinfectada. (Colombianos varados en Portugal piden ayuda urgente al Gobierno para regresar)

4. Si se requiere necropsia médico legal, se debe informar a las autoridades judiciales inmediatamente. 

Para los servicios funerarios

1. Para retirar un cadáver deberán hacerlo en el menor tiempo posible y sin presencia de personas que no hayan estado involucradas con el alistamiento y traslado del cuerpo. 

2. "El cadáver se trasladará en el vehículo fúnebre de uso exclusivo para tal fin, utilizando la ruta más corta y rápida hacia el cementerio o servicio crematorio, donde hará la entrega del cuerpo a los responsables del servicio".

3. Quienes se encarguen de la cremación o inhumación también deberán usar equipos especiales de protección.

4. Tras entregar el cadáver, el vehículo en que fue transportado deberá ser desinfectado.

 

Aquí está el documento completo del Ministerio de Salud: 

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Por Redacción salud

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